Tras la publicación de los datos sobre las «bajas por reglas dolorosas» (formalmente: Situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes derivada de menstruación incapacitante secundaria) hemos tenido muchas conversaciones entre las socias de ADAENA donde nos hemos quedado sorprendidas.

Por un lado, la mayoría de nosotras ya habíamos accedido a la incapacidad temporal (en adelante IT) común antes de esta nueva regulación. Claro que se nos aplicaban las condiciones generales: 3 días sin cobrar (salvo mejora por Convenio Colectivo), cada baja podía ser recaída del proceso inicial al ser la misma causa, etc.

Pues bien, nos hemos encontrado con que a la mayoría de nosotras nos siguen tramitando la IT común, como siempre, a pesar de tener diagnóstico de endometriosis, y es que en muchos casos el/la profesional de atención primaria parece desconocer cómo tramitar esta IT especial que supone, entre otras cosas, no quedarnos sin cobrar los tres primeros días de la baja.

¿Quizás este desconocimiento en la tramitación sea una de las causas del bajo índice de tramitación de esta IT especial? Podría ser una de las causas.

En cualquier caso, para que no nos vuelva a pasar, si tenemos necesidad de que nos tramiten este tipo de IT y el profesional de atención primaria desconoce el código aplicable según el CIE 10 ES (Clasificación Internacional de Enfermedades – 10ª Revisión Modificación Clínica. Enero 2024), podemos indicarle que se trata del código de diagnóstico N94.5 (dismenorrea secundaria), de manera que, cuando el parte de baja llegue al INSS este lo tramitará como dicha situación especial aplicando sus características específicas.

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